EL REFC: CAMBIO DE PATRÓN


 Por Guillermo Núñez Pérez

  Repiten las crónicas periodísticas, un año sí y otro también, que los españoles en general y, los canarios en particular, no damos la talla de la media de otros países europeos en cuanto a niveles de lectura, comprensión, nociones básicas de matemáticas y de otras disciplinas del conocimiento científico. Siendo esto preocupante, lo es mucho más el hecho de que la circunstancia apuntada no provoque una reacción decidida, seria, coherente y, sobre todo, urgente y consensuada entre todas las fuerzas políticas a fin de articular de una vez una respuesta satisfactoria ante dicha situación. Hace unos días ha sido objeto de aprobación en las Cortes Generales una nueva reforma de la educación en España aprobada exclusivamente por los votos del Partido Popular. Es la séptima que se lleva a la práctica en los años que gozamos de Democracia en nuestro país. Y, posiblemente, vistos los antecedentes, no será la última. Pero aquí no pasa nada. Mucho hablar de recortes en los recursos públicos destinados a la Educación, y poco de los vicios intrínsecos que padece la enseñanza en todos los niveles, y que todos hemos contribuido, por activa o por pasiva, a consolidar. Deberíamos empezar por cambiar nuestra afianzada mentalidad de que en este país todos los males son exclusiva responsabilidad del Gobierno de turno.

  Tampoco pasa nada con relación al Régimen Económico y Fiscal Canario, o mejor, lo que pasa tiene preocupados o interesa a un sector específico de la sociedad, pero difícilmente se puede afirmar que nuestros ciudadanos en su mayoría tengan, siquiera sea superficialmente, conocimiento de lo que significa el REFC. ¿Se trata de un problema de “falta de ignorancia”, como diría el mago?

  Pues algo de esto último hay, sólo que la falta de conocimiento en este tema específico es doblemente preocupante: de un lado, porque es manifestación de desidia por parte de las autoridades educativas autonómicas; de otro, porque resulta difícil, si no imposible, que lo que se desconozca o ignore se asuma como propio y, consecuentemente, se defienda. Máxime si lo que se ha de defender tiene que ver con las reglas que marcan nuestras relaciones económicas y nuestras relaciones tributarias con la Hacienda Pública.

  Históricamente, las singularidades económico-fiscales canarias se han ido forjando, desde el siglo XV, como concesiones del poder estatal, bien por interés propio, bien por ser el resultado de reivindicaciones planteadas desde Canarias ante ese mismo poder. A diferencia de las especialidades fiscales que ostentan otros territorios (País Vasco y Navarra), cuyo origen es radicalmente distinto a las que existen en Canarias, nuestras especialidades económico-fiscales siempre han contado con un sustrato justificativo que nada tiene que ver con el reconocimiento de antiguos privilegios medievales o incluso más cercanos en el tiempo.

  Por el contrario, son razones claramente objetivas (situación geográfica de Canarias, naturaleza archipielágica, fragmentación del mercado local, dificultades de acceso al mercado europeo, etc.) las que explican y fundamentan la necesidad de un tratamiento particular o especial de Canarias en los ámbitos económico y fiscal.

  El paso inexorable del tiempo -de los siglos en este caso-, ha llevado a conformar un estado de conciencia por parte de los canarios en el sentido de que ese tratamiento particular o especial es algo que podrá variar en función de unas u otras medidas coyunturales, pero que nunca va a ser ignorado del todo por el Estado, y que si así fuere, contará con la oposición decidida por parte de Canarias. Por decirlo con palabras coloquiales, hasta hace muy pocas fechas, los canarios teníamos muy claro ante quien nos teníamos que defender en orden a las posibles vulneraciones de nuestras especialidades: del Estado.

  “Y en esto llegó Fidel…”, bueno, o la Comunidad Autónoma, que irrumpe en Canarias en el año 1982 como manifestación de la nueva estructura organizativa del poder político instaurada por la Constitución de 1978. Dicen algunos que fue un auténtico acierto; otros, sin embargo, tal vez movidos por la experiencia de treinta años de autonomía, son menos alegres en sus juicios. A las singularidades que en el campo de la organización administrativa tenía Canarias (Cabildos como instituciones de gobierno insular y Ayuntamientos en el ámbito municipal), se une ahora un nuevo ente público de base territorial llamado Comunidad Autónoma de Canarias. Así que “todos contentos” (o al menos los que ocupan puestos de funcionarios y de personal laboral), pues contamos en Canarias con la Administración del Estado (en claro declive); Administración autonómica; Administración insular y Administración municipal…y también Administración universitaria, pues no siendo ente público de base territorial, sí que la Universidad es una institución dotada de autonomía propia.

  Como todo nuevo ente público o criatura que nace, no puede decirse que la Comunidad Autónoma viniera con “un pan bajo el brazo”, sino que más bien fue todo lo contrario. Desde el primer momento se trató de buscar financiación propia que complementara la que pudiera venir del Estado primero, y de la Unión Europea después. En el año 1989 el Parlamento de Canarias adoptó una decisión trascendental: se pidió al Gobierno de la Nación que renegociara con las instituciones de la Unión Europea nuestro modelo de adhesión, y el resultado más importante no fue otro que el de crear un nuevo impuesto que hasta entonces nunca habíamos tenido en Canarias: el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC). No era algo que exigiesen las autoridades comunitarias, sino que su creación respondió sobre todo a la necesidad de reforzar los mecanismos de financiación de la propia Comunidad Autónoma y de los Entes Locales canarios (Cabildos y Ayuntamientos).

  En la actualidad y, aunque todavía no haya conciencia social del fenómeno, no es exagerado afirmar que el nuevo “enemigo” de nuestras especialidades económico fiscales no es ya el Estado, sino la propia Comunidad Autónoma de Canarias. En próximos artículos trataremos de exponer las razones de nuestra anterior afirmación, mientras tanto, quédense ustedes con el título de este artículo: tenemos un nuevo patrón.

 

Guillermo Núñez Pérez

Catedrático de Derecho Financiero y Tributario. Asesor Fiscal.

Su comentario